Cómo entrar a trabajar de alguacil en la Rama Judicial de Puerto Rico
Qué hace un alguacil del tribunal
El Poder Judicial lo define así: los alguaciles y las alguacilas son funcionarios del Tribunal que mantienen la seguridad y el orden en los tribunales y hacen cumplir las órdenes de los jueces. Esa segunda parte es la que la gente no se imagina. Un alguacil no se pasa el día en la puerta del edificio: diligencia órdenes en la comunidad, cita a las partes, arresta a personas acusadas, emplaza a demandados, embarga bienes, ejecuta desahucios y vende en subasta pública lo embargado.
También custodia y transporta a personas confinadas que tienen que comparecer, atiende a los miembros del Jurado (y si el Jurado se secuestra, el alguacil es quien lo mantiene aislado), orienta al público en las Salas de Investigaciones y responde a emergencias en el edificio: amenazas de explosivos, motines, toma de rehenes, manifestaciones. Hay además una Unidad Especial de Alguaciles (UEA) para la custodia de confinados peligrosos, de jueces amenazados y para los desahucios en masa.
La convocatoria lo dice sin rodeos: es trabajo de alto riesgo, se hace portando un arma de fuego y exige respuesta rápida. Si lo que buscas es un puesto de oficina dentro del tribunal, existen (secretario auxiliar, técnico de sistemas de oficina), pero no son este.
Los requisitos, tal como los publica el Poder Judicial
Para la clase de Alguacil Auxiliar, que es la de entrada, la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) publica dos requisitos y una lista de condiciones. Esto sale de la convocatoria PJ-12-25 y de la página oficial de alguacilazgo:
- Requisito mínimo: bachillerato de una institución universitaria acreditada. No piden una concentración específica.
- Requisito especial: licencia de conducir vigente expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP).
- Condición física para trabajar de pie por períodos prolongados, correr, subir y bajar escaleras rápido, repeler ataques y reducir a la obediencia a personas con fuerza física si hace falta.
- Disponibilidad para tiempo adicional y turnos irregulares. En las Salas de Investigaciones, la convocatoria anterior (PJ 05-24) exigía turnos rotativos, sábados, domingos, feriados y turnos nocturnos.
- Si te recomiendan para la plaza, pasas por evaluación médica, de condición física, psicológica e investigación de carácter y reputación. Un resultado desfavorable te saca del Registro de Elegibles, aunque puedes volver a solicitar en la próxima convocatoria.
- No se publica límite de edad ni requisito de licencia de armas previa en la convocatoria de Alguacil Auxiliar. Si eso cambia, lo dirá el anuncio: confírmalo en la convocatoria vigente.
Cómo es el proceso, paso a paso
El Poder Judicial no recluta de forma continua. Publica una Convocatoria a Examen de Libre Competencia, con número (PJ-05-24, PJ-12-25) y fecha límite, y solo acepta solicitudes dentro de ese plazo. Las convocatorias abiertas se listan en poderjudicial.pr/empleos y se replican en empleos.pr.gov; a la fecha de esta guía la única de Alguacil Auxiliar visible es la de Vieques, abierta hasta nuevo aviso.
- 1. Lee la convocatoria completa y anota su número. Los documentos que pide son los únicos que cuentan.
- 2. Completa la Solicitud de Examen OAT-495. Es un formulario del Poder Judicial, no la solicitud de empleos.pr.gov. El resumé no la sustituye: la convocatoria dice que los resumés y los facsímiles no son documentos oficiales.
- 3. En la Sección 3, encasillado 16, escribe los pueblos donde aceptas empleo, uno por uno. La convocatoria rechaza la palabra «todos». Si quieres Sala de Investigaciones, indícalo.
- 4. Reúne los anejos: copia legible de la transcripción de créditos con el grado conferido (no sirve la impresa de internet), copia de la licencia de conducir y, si vas a reclamar experiencia, la certificación oficial de cada patrono.
- 5. Envíala por correo a la División de Clasificación y Reclutamiento, PO Box 190917, San Juan, PR 00919-0917, o entrégala en la OAT, Ave. Luis Muñoz Rivera 268, Hato Rey. Dudas: (787) 641-6600, ext. 5217.
- 6. Espera la puntuación. Si quedas en el Registro de Elegibles y te recomiendan, vienen las evaluaciones médica, física y psicológica y la investigación. Después, el nombramiento y doce meses de período probatorio.
El examen son tus papeles: 70, 20 y 10
No hay prueba escrita ni cita para examinarte. La convocatoria lo llama «examen sin comparecencia»: se adjudica puntuación por la preparación académica y la experiencia que evidencies con la solicitud. Los valores relativos están publicados: 70 puntos por cumplir los requisitos mínimos, 20 por experiencia adicional y 10 por preparación adicional.
La experiencia solo cuenta si viene certificada como la convocatoria manda: posición ocupada, fechas exactas de inicio y fin (día, mes y año), descripción de funciones y, si fue a jornada parcial, las horas diarias o semanales. Se acredita a razón de 7½ horas diarias. Experiencia por contrato de servicios profesionales se evidencia con copia de los contratos. Lo que no venga certificado así no recibe puntos, aunque sea verdad.
Sobre la calificación final se suman las preferencias de ley: diez puntos a todo veterano con licenciamiento honorable (Forma DD-214) y cinco puntos a la persona con impedimento cualificada bajo la Ley 81-1996, que no se acumulan entre sí.
En cuanto al adiestramiento: el alguacil trabaja armado y bajo reglas de conducta propias del Tribunal, así que el Poder Judicial adiestra a quien nombra. La convocatoria pública no describe la duración ni la sede de ese adiestramiento, de modo que confírmalo en la convocatoria o pregúntalo cuando te citen a las evaluaciones.
Sueldo y beneficios: lo que está publicado
La convocatoria PJ-12-25 publica para Alguacil Auxiliar una escala salarial de $2,809 a $5,113 mensuales. Quien entra de la calle recibe el mínimo de la clase; si ya ocupas un puesto de carrera en la Rama Ejecutiva, se usa tu salario actual como referencia para calcular el nuevo. Ese mínimo es el del Plan de Retribución revisado del Poder Judicial, vigente desde el 1 de julio de 2023 tras la aprobación de la Junta de Supervisión Fiscal.
Lo que la convocatoria no publica son los diferenciales por turno nocturno, el pago de tiempo extra ni los beneficios marginales concretos. El Poder Judicial tiene su propio sistema de personal, distinto al de la Rama Ejecutiva, así que no asumas que aplican las mismas reglas de otra agencia: confírmalo en la convocatoria y en la carta de nombramiento.
Ojo con una cosa: el título «alguacil» también existe fuera de la Rama Judicial. La Administración para el Sustento de Menores (ASUME) convocó en octubre de 2026 un puesto de Alguacil con $28,500 anuales, cuarto año más tres años de experiencia en seguridad (o grado asociado en justicia criminal más un año) y licencia de armas antes de terminar la probatoria. Son puestos distintos, con requisitos y sueldos distintos. Lee a qué agencia pertenece la plaza antes de prepararte.
Errores comunes al solicitar
- Mandar un resumé en vez de la OAT-495, o la OAT-495 sin los anejos. La convocatoria dice que sin los documentos del inciso 2 la solicitud no se acepta para evaluación. No hay segunda oportunidad dentro del mismo plazo.
- Transcripción impresa de internet. Pide la oficial a tu universidad con tiempo: el registrador puede tardar semanas.
- Escribir «todos los pueblos». Se rechaza. Haz la lista, y piensa de verdad si irías a Vieques o a Utuado, porque la vas a firmar.
- Cartas de experiencia sin fechas exactas o sin horas. Una carta que diga «trabajó con nosotros varios años» vale cero puntos.
- Confundir la plaza de la Rama Judicial con la de ASUME o con la de guardia de seguridad privada. Los requisitos no se parecen.
- Prepararse solo para la puntuación y olvidar lo que viene después: la evaluación física y la investigación de carácter eliminan del registro igual que una solicitud incompleta.
Dónde se solicita y cómo enterarte de la próxima convocatoria
La fuente es una sola: la sección de empleos de poderjudicial.pr, donde la OAT publica cada convocatoria con su PDF, el formulario OAT-495 y la lista de documentos. Empleos.pr.gov replica las mismas convocatorias con el mismo número. Cuando salga una nueva de Alguacil Auxiliar para toda la isla, aparecerá en los dos sitios y nosotros la recogemos en el buscador.
Si no quieres estar revisando, crea una alerta en nuestro sitio con la palabra «alguacil» y te llega al correo cuando entre. Entre tanto, adelanta lo que tarda: la transcripción oficial, la renovación de la licencia de conducir y las certificaciones de experiencia con fechas exactas. Nada de eso depende de que haya convocatoria abierta.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta bachillerato para ser alguacil en los tribunales?
Sí. El requisito mínimo de admisión para Alguacil Auxiliar, publicado por el Poder Judicial y en la convocatoria PJ-12-25, es el grado de bachillerato de una institución universitaria acreditada, en cualquier concentración. Un grado asociado no cumple el requisito de esta clase.
¿Cuánto gana un alguacil auxiliar?
La escala publicada en la convocatoria PJ-12-25 es de $2,809 a $5,113 mensuales. Quien entra sin ser empleado de carrera de la Rama Ejecutiva recibe el mínimo. La cifra vinculante es siempre la de la convocatoria vigente.
¿Hay examen escrito?
No. El examen es «sin comparecencia»: se evalúan la preparación académica y la experiencia que evidencies con la Solicitud de Examen OAT-495. Pesa 70 puntos cumplir los requisitos mínimos, 20 la experiencia adicional y 10 la preparación adicional.
¿Necesito licencia de armas para solicitar?
La convocatoria de Alguacil Auxiliar no la lista entre los requisitos de admisión; sí dice que el trabajo se hace portando arma de fuego y que el Poder Judicial adiestra a quien nombra. Si una convocatoria futura la pide, lo dirá en requisitos especiales: confírmalo en la convocatoria.
¿Puedo solicitar por empleos.pr.gov como para otras agencias?
La convocatoria se ve en empleos.pr.gov, pero el Poder Judicial exige su propia Solicitud de Examen (OAT-495) con los anejos, enviada por correo o entregada en la OAT en Hato Rey. Sigue las instrucciones del PDF de la convocatoria, no las genéricas del portal.
¿Qué pasa si no paso la evaluación física o psicológica?
Según la convocatoria, un resultado desfavorable en la evaluación médica, de condición física, psicológica o en la investigación de carácter elimina tu nombre del Registro de Elegibles. No te impide solicitar de nuevo cuando salga otra convocatoria.
Fuentes oficiales
- Alguacilazgo: funciones y requisitos para ser alguacil o alguacila, Poder Judicial de Puerto Rico (consultado 2026-11-07)
- Convocatoria PJ-12-25, Alguacil Auxiliar, Oficina de Administración de los Tribunales, en empleos.pr.gov (consultado 2026-11-07)
- Convocatoria PJ 05-24, Alguacil Auxiliar (extensión hasta el 31 de enero de 2024), OAT (consultado 2026-11-07)
- Empleos del Poder Judicial: convocatorias abiertas y Solicitud de Examen OAT-495 (consultado 2026-11-07)
- Plan de Retribución del Poder Judicial, vigente desde el 1 de julio de 2023 (consultado 2026-11-07)
- Convocatoria ASM-2026-01, Alguacil, Administración para el Sustento de Menores, en empleos.pr.gov (consultado 2026-11-07)
MyPRjobs es una plataforma independiente de búsqueda de empleo. MyPRjobs no procesa esta solicitud. Serás dirigido a USAJOBS o al sitio oficial correspondiente para completar tu solicitud.
De dónde sale esta guía
Se hace a partir de las fuentes oficiales que aparecen arriba y se corrige cuando una agencia cambia un requisito. MyPRjobs lo hace una persona en Puerto Rico que trabajó para una agencia privada, para el Gobierno de Puerto Rico y para el gobierno federal. Si ves un dato mal, repórtalo y lo arreglamos.
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